El Señor como persona jurídica: ¿Qué derechos legales disfrutan las deidades?
¿Cómo es Lord Ram un litigante en la corte, eso también contra Sus devotos que reclaman el derecho de adorarlo?

Entre las partes en las apelaciones de la demanda por el título de Ayodhya que ahora está siendo escuchado por el Tribunal Supremo se encuentra el propio Lord Ram, Ramlalla Virajman, representado por su próximo amigo, el difunto Deoki Nandan Agrawal, ex juez del Tribunal Superior de Allahabad.
La otra parte 'hindú' en el caso es el Nirmohi Akhara que, después de argumentar inicialmente a favor de la desestimación de la declaración del Señor, dijo al tribunal el 27 de agosto que no insistiría en la cuestión de la mantenibilidad de la demanda número 5 de 1989 (presentada por la deidad a través de Agarwal) siempre que ellos (abogados de Ramlalla) no disputen el derecho de 'shebait' de los Akhara.
¿Cómo es Lord Ram un litigante en la corte, eso también contra Sus devotos que reclaman el derecho de adorarlo?
Dios como persona jurídica
Una persona jurídica, a diferencia de una persona física (es decir, un ser humano), es una entidad a la que la ley confiere una personalidad. En Shiromani Gurdwara Parbandhak Committee vs Som Nath Dass y otros (2000), la Corte Suprema dijo: Las mismas palabras Juristic Person connotan el reconocimiento de que una entidad es en derecho una persona que de otro modo no lo es. En otras palabras, no se trata de una persona física individual, sino de una persona creada artificialmente, la que debe reconocerse legalmente como tal. Los dioses, las corporaciones, los ríos y los animales, todos han sido tratados como personas jurídicas por los tribunales.
El tratamiento de las deidades como personas jurídicas comenzó con los británicos. Los templos poseían enormes tierras y recursos, y los administradores británicos sostenían que el dueño legal de la riqueza era la deidad, con un shebait o administrador actuando como fideicomisario.
En 1887, el Tribunal Superior de Bombay celebró en el caso del Templo Dakor: El ídolo hindú es un sujeto jurídico y la idea piadosa que encarna recibe el estatus de persona jurídica. Esto fue reforzado en la orden de 1921 en Vidya Varuthi Thirtha vs Balusami Ayyar, donde la corte dijo, bajo la ley hindú, la imagen de una deidad ... (es) una 'entidad jurídica', investida con la capacidad de recibir obsequios y poseer propiedades. .
Esta idea está ahora establecida en la legislación india. Una entidad o persona jurídica es aquella en quien la ley deposita derechos o deberes en su propio nombre. Una empresa es una persona jurídica, que puede poseer o negociar propiedades en su propio nombre, dijo el abogado principal Sanjay Hegde. Si bien Dios, como concepto abstracto, no es una entidad jurídica, en la ley hindú a las deidades se les ha conferido la personalidad, como capaces de ser otorgadas con propiedad, o sacarla o demandar para recuperar la posesión.
Por lo tanto, mediante una ficción legal, dijo Hegde, las deidades instaladas en los lugares de culto hindúes han sido tratadas como otras personas reales a los efectos de la ley.
Sin embargo, no todas las deidades son personas jurídicas. Este estado se otorga a un ídolo solo después de su consagración pública, o pran pratishtha. En Yogendra Nath Naskar vs Commissioner Of Income-Tax (1969), la Corte Suprema dictaminó: No todos los ídolos calificarán para ser 'personas jurídicas', sino solo cuando estén consagrados e instalados en un lugar público para el público en general. .
Los derechos de las deidades tienen
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Aparte de poseer una propiedad, pagar impuestos, demandar y ser demandado, ¿qué más hacen las deidades como 'personas jurídicas'?
En el caso de Sabarimala (Indian Young Lawyers Association & Ors. Vs The State of Kerala & Ors, 2018), uno de los argumentos presentados en contra de permitir la entrada al templo de mujeres en edad de menstruación fue que esto violaría el derecho a la privacidad de Lord Ayyappa. , que es eternamente célibe.
Un abogado que trabajó en el caso Sabarimala dijo: Las deidades tienen derechos de propiedad, pero no derechos fundamentales u otros derechos constitucionales. Esto fue confirmado por el juez D Y Chandrachud en la sentencia Sabarimala: El mero hecho de que a una deidad se le hayan otorgado derechos limitados como personas jurídicas bajo la ley estatutaria no significa que la deidad necesariamente tenga derechos constitucionales.
Representante de Dios
Generalmente, el shebait es el sacerdote del templo o el fideicomiso o las personas que administran el templo. En la sentencia de 2010 de Allahabad HC en la demanda por el título de Ayodhya, el juez D V Sharma había dicho: Al igual que en el caso de un menor, se designa un tutor, en el caso de un ídolo, se designa a un Shebait o gerente para que actúe en su nombre.
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¿Qué pasa si algunas partes sienten que el shebait no actúa en interés de la deidad? En Bishwanath And Anr vs Shri Thakur Radhaballabhji & Ors (1967), la Corte Suprema permitió una demanda presentada por el ídolo representado por un adorador en un caso en el que el shebait se encontró enajenando la propiedad del ídolo. La corte sostuvo que si un shebait no cumple con sus deberes correctamente, un devoto puede mudarse a la corte como amigo de la deidad.
En el caso Ayodhya, Nirmohi Akhara argumentó en contra de la declaración de culpabilidad presentada por Deoki Nandan Agrawal sobre la base de que nadie los ha acusado nunca de no cumplir con sus deberes como shebait correctamente, dijo el defensor Fuzail Ayyubi, que representa a la Junta de Waqf sunita.
Aparte del hinduismo
Una mezquita nunca ha sido considerada una persona jurídica, porque es un lugar donde la gente se reúne para adorar; no es un objeto de adoración en sí mismo. Tampoco tiene iglesia.
En Shiromani Gurdwara Parbandhak Committee vs Som Nath Dass y otros (2000), el SC dictaminó que el Guru Granth Sahib ... no puede equipararse con otros libros sagrados ... Guru Granth Sahib es venerado como un Guru ... (y) es el corazón y el espíritu mismo. de gurudwara. La reverencia de Guru Granth, por un lado, y otros libros sagrados, por otro lado, se basa en diferentes creencias, creencias y aplicaciones conceptuales.
Sin embargo, el tribunal aclaró que todo Guru Granth Sahib no puede ser una persona jurídica a menos que asuma un papel jurídico a través de su instalación en un gurudwara o en cualquier otro lugar público reconocido.
No solo deidades
En mayo, el Tribunal Superior de Punjab y Haryana sostuvo que todo el reino animal tiene una personalidad jurídica distinta con los correspondientes derechos, deberes y responsabilidades de una persona viva. El 20 de marzo de 2017, el Tribunal Superior de Uttarakhand declaró que el Ganges y Yamuna serían tratados legalmente como personas vivas y disfrutarían de todos los derechos, deberes y responsabilidades correspondientes de una persona viva. La orden fue suspendida por la Corte Suprema en julio de ese año porque planteaba varias cuestiones legales y administrativas.
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