Explicado: Leyendo el veredicto de SC sobre los derechos de herencia de las mujeres hindúes
Un tribunal de tres jueces encabezado por el juez Arun Mishra dictaminó que el derecho de una mujer hindú a ser coheredera de la propiedad ancestral es por nacimiento y no depende de si su padre estaba vivo o no cuando se promulgó la ley en 2005.

El martes, la Corte Suprema amplió el derecho de una mujer hindú a ser una heredero legal solidario y heredar propiedad ancestral en términos iguales a los herederos varones.
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¿Cuál es el fallo?
Un tribunal de tres jueces presidido por el juez Arun Mishra dictaminó que el derecho de una mujer hindú a ser coheredera de la propiedad ancestral es por nacimiento y no depende de si su padre estaba vivo o no cuando se promulgó la ley en 2005. El hindú La Ley de sucesión (enmienda) de 2005 otorgó a las mujeres hindúes el derecho a ser copartícipes o herederas legales conjuntas de la misma manera que lo hace un heredero varón. Dado que el coparcenario es por nacimiento, no es necesario que el padre coparcener viva como el 9.9.2005, dice el fallo.
¿Qué es la ley de 2005?
La escuela de derecho hindú de Mitakshara, codificada como la Ley de sucesión hindú de 1956, regía la sucesión y la herencia de la propiedad, pero solo reconocía a los varones como herederos legales. La ley se aplica a todos los que no son musulmanes, cristianos, parsis o judíos de religión. Los budistas, sijs, jainistas y seguidores de Arya Samaj, Brahmo Samaj también se consideran hindúes a los efectos de esta ley.
En una familia hindú indivisa, varios herederos legales a través de generaciones pueden coexistir. Tradicionalmente, solo los descendientes masculinos de un antepasado común junto con sus madres, esposas e hijas solteras se consideran una familia hindú conjunta. Los herederos legales mantienen la propiedad familiar de forma conjunta.
Las mujeres fueron reconocidas como copartícipes o herederas legales conjuntas para la partición derivada de 2005. El artículo 6 de la ley se enmendó ese año para que la hija de un coparcenero también sea copartícipe por nacimiento por derecho propio de la misma manera que el hijo. La ley también otorgó a la hija los mismos derechos y responsabilidades en la propiedad coparcenaria que hubiera tenido si hubiera sido un hijo.
La ley se aplica a la propiedad ancestral y a la sucesión intestada en la propiedad personal, donde la sucesión ocurre según la ley y no a través de un testamento.
El Informe 174 de la Comisión de Derecho también recomendó esta reforma en la ley de sucesión hindú. Incluso antes de la enmienda de 2005, Andhra Pradesh, Karnataka, Maharashtra y Tamil Nadu habían realizado este cambio en la ley, y Kerala había abolido el Sistema de Familia Conjunta Hindú en 1975.
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¿Cómo surgió el caso?
Si bien la ley de 2005 otorgaba igualdad de derechos a las mujeres, en múltiples casos se plantearon preguntas sobre si la ley se aplicaba retrospectivamente y si los derechos de las mujeres dependían de la condición de vida del padre a través del cual heredarían. Distintos bancos de la Corte Suprema habían adoptado puntos de vista contradictorios sobre el tema. Diferentes tribunales superiores también habían seguido diferentes puntos de vista del tribunal superior como precedentes vinculantes.
En Prakash v Phulwati (2015), un banco de dos jueces presidido por el juez AK Goel sostuvo que el beneficio de la enmienda de 2005 solo podía otorgarse a las hijas vivas de los parcelarios vivos a partir del 9 de septiembre de 2005 (la fecha en que la enmienda entró en vigor). fuerza).
En febrero de 2018, contrariamente a la sentencia de 2015, un banco de dos jueces encabezado por el juez AK Sikri sostuvo que la parte de un padre que murió en 2001 también pasará a sus hijas como coparcelas durante la partición de la propiedad según la ley de 2005. .
Luego, en abril de ese año, otro tribunal de dos jueces, encabezado por el juez R. K Agrawal, reiteró la posición adoptada en 2015.
Estos puntos de vista conflictivos de Bancos de igual fuerza llevaron a una referencia a un Banquillo de tres jueces en el caso actual. El fallo ahora anula los veredictos de 2015 y abril de 2018. Establece la ley y amplía la intención de la legislación de 2005 de eliminar la discriminación contenida en la sección 6 de la Ley de sucesión hindú de 1956 al otorgar iguales derechos a las hijas en el Propiedad coparcenaria hindú de Mitakshara como la tienen los hijos.
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¿Cómo decidió el tribunal el caso?
El tribunal examinó los derechos bajo el coparcenario de Mitakshara. Dado que la Sección 6 crea una herencia sin obstáculos o un derecho creado por nacimiento para la hija del coparcener, el derecho no puede limitarse por si el coparcener está vivo o muerto cuando el derecho se pone en práctica.
El tribunal dijo que la enmienda de 2005 reconoció un derecho que de hecho adquirió la hija al nacer. El otorgamiento de un derecho es por nacimiento, y los derechos se otorgan de la misma manera con los incidentes de coparcenario que el de un hijo y ella es tratada como coparcenerista de la misma manera con los mismos derechos que si hubiera sido un hijo en el momento del nacimiento. Aunque se pueden reclamar los derechos, w.e.f. 9.9.2005, las disposiciones son de aplicación retroactiva, otorgan beneficios basados en el evento antecedente, y se considerará que el coparcenario de Mitakshara incluye una referencia a una hija como coparcener, según el fallo.
El tribunal también ordenó a los Tribunales Superiores que resolvieran los casos relacionados con este tema en un plazo de seis meses, ya que habrían estado pendientes durante años.
¿Cuál fue la posición del gobierno?
El procurador general Tushar Mehta argumentó a favor de una lectura más amplia de la ley para permitir la igualdad de derechos para las mujeres. Se refirió a los objetos y razones de la enmienda de 2005. La ley coparcenaria de Mitakshara no solo contribuyó a la discriminación por motivos de género, sino que era opresiva y negaba el derecho fundamental a la igualdad garantizado por la Constitución de la India, afirmó.
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